Reparto de la PTU generada en el ejercicio 2021

Este año será la primera vez que las empresas cumplan con esta obligación conforme las disposiciones derivadas de la reforma de subcontratación, donde las reglas para el reparto de utilidades en la Ley Federal del Trabajo (LFT) también cambiaron.

Antecedentes

Todos los trabajadores que presten un trabajo personal subordinado a una persona física o moral mediante el pago de un salario tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas donde trabajan, este reparto se conoce como PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades). Dicho reparto de utilidades se debe realizar dentro de los 60 días después de la fecha en que se realiza la declaración anual, de acuerdo con lo establecido en al artículo 122 de la LFT. La declaración anual se realiza, en la mayoría de los casos, a más tardar el 31 de marzo tratándose de personas morales y el 30 de abril en el caso de personas físicas, por lo que los trabajadores deberían estar recibiendo su PTU en los meses de mayo a junio.

Los siguientes empleados son quienes no tienen derecho a recibir el pago de la PTU:

  1. Directores, gerentes generales y administradores.
  2. Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días.
  3. Socios y accionistas.
  4. Colaboradores bajo un esquema de pago por honorarios. Porque no hay una relación de trabajo de subordinado.
  5. Trabajadores domésticos.

Los siguientes empleadores son quienes no están obligados a dar pago de utilidades:

  1. Las instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes, que no tengan fines de lucro.
  2. El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas, con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  3. Empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento. Si se tratase, además, de la elaboración de un producto nuevo, quedan exentas durante los dos primeros años. Aquellas que se fusionen o cambien su nombre o razón social, no se consideran de nueva creación.
  4. Empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
  5. Empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300,000 MXN.

Determinación de la PTU

Para el cálculo, se considera el 10% del monto de la utilidad de la empresa en el ejercicio fiscal pasado, el número de trabajadores, el sueldo y el tiempo laboral de cada uno de los empleados en el año.

Para calcular la PTU que corresponde a cada empleado, el monto se divide en dos partes:

  1. La primera se reparte por igual entre todos los trabajadores, distribuyéndose de manera proporcional al número de días trabajados por cada empleado, independientemente del monto de los salarios.
  2. La segunda se divide proporcionalmente con base al salario percibido por el trabajador durante el año. Se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador por cuota diaria. No se consideran ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro derivado.

De acuerdo con la fracción VIII del Art. 127 de la LFT, el monto de la PTU tendrá como límite máximo 3 meses del salario del trabajador o el promedio de la PTU recibida por el trabajador en los últimos 3 años; se aplicará el monto que le resulte más favorable al trabajador.

Comisión Mixta de reparto de la PTU

Para determinar la participación de cada trabajador, el artículo 125 de la LFT señala las siguientes normas:  

  1. Una comisión integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón formulará un proyecto (comisión mixta), que determine la participación de cada trabajador y lo fijará en lugar visible del establecimiento. A este fin, el patrón pondrá a disposición de la Comisión la lista de asistencia y de raya de los trabajadores y los demás elementos de que disponga;
  2. Si los representantes de los trabajadores y del patrón no se ponen de acuerdo, decidirá el Inspector del Trabajo;
  3. Los trabajadores podrán hacer las observaciones que juzguen conveniente, dentro de un término de 15 días; y
  4. Si se formulan objeciones, serán resueltas por la Comisión mixta, dentro de un término de 15 días.

Es de suma relevancia que se cumpla con la integración de la Comisión mixta de reparto de PTU, ya que es está la que debe determinar la participación de cada trabajador y dejar constancia que las reuniones que celebraron para este efecto.

Otras consideraciones

Otros puntos para considerar son:

  • Los trabajadores de confianza sí son candidatos para recibir PTU, sin embargo, sus salarios para estos efectos están topados al salario más alto de un empleado sindicalizado o el salario más alto del trabajador de planta, aumentados en cualquiera de los casos, con un 20%.
  • No se compensarán los años de pérdida de utilidades con los de ganancia.
  • El pago de la PTU no es parte del salario y por lo tanto no debe considerarse como tal.

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